Mitos sobre el Termómetro Digital Infrarrojo

El Servicio Médico de la Fundación Universitaria Konrad Lorenz, nos informa acerca de los mitos sobre el termómetro digital infrarrojo.

 

En los últimos meses han circulado mensajes por redes sociales que aseguran que los termómetros infrarrojos, utilizados actualmente para prevenir el contagio del COVID-19, pueden producir daños neurológicos, en la piel o en los ojos.

Los termómetros infrarrojos digitales se han convertido en una herramienta fundamental a la hora de tomar la temperatura, como medida de prevención frente al contagio del COVID-19, pues uno de los síntomas más comunes en los pacientes que padecen esta infección es la fiebre.

 

¿Cómo Funcionan?

Todos los seres humanos emiten una proporción de radiación debido al calor corporal que resulta invisible para los ojos, pero no para los termómetros infrarrojos.

De acuerdo con información del INVIMA, estos equipos biomédicos miden la energía infrarroja irradiada por la piel, la cual es recogida por el sensor y convertida en un valor numérico que se visualiza en la pantalla LED del dispositivo. En otras palabras, los termómetros infrarrojos funcionan a través de un sensor de luz infrarroja, es decir que su función no es emitir energía sino medirla.

El sitio correcto para medir la temperatura corporal con el termómetro infrarrojo es la frente o la sien, pues son las zonas más sensibles para realizar esta medición.

 

¿Es Seguro Utilizarlos?

Sí. Hasta el momento NO hay ninguna investigación o evidencia científica que indique que este tipo de dispositivos produzcan daño a nivel de los ojos (quemadura de retina), la piel (quemadura o despigmentación en piel) o neurológico.

 

El sitio correcto para medir la temperatura corporal con el termómetro infrarrojo es la frente o la sien, pues son las zonas más sensibles para realizar esta medición.

Así mismo, son seguros pues no requieren tener contacto directo con las personas y el proceso de limpieza y desinfección de estos equipos, se puede realizar de manera frecuente y sencilla.

 

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Carácter Académico: Institución Universitaria. Personería Jurídica por Resolución 18537 del 4 de noviembre de 1981 del Ministerio de Educación Nacional. Institución de Educación Superior sujeta a inspección y vigilancia por el Ministerio de Educación Nacional (Art. 2.5.3.2.10.2, Decreto 1075 de 2015). Vigilada Mineducación.
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